Nacionalidad por Posesion de Estado

Nacionalidad Española por Posesión de Estado

[dropcap]E[/dropcap]sta forma de nacionalidad es aplicable únicamente en casos muy especiales. Cuando un sujeto haya utilizado y gozado de la nacionalidad española y todos sus derecho por 10 años no siendo Español,  y en desconocimiento de dicho caso,  tendrá derecho a nacionalidad española por posesión de estado.

Esto sucede cuando la persona no se encuentra inscripta con un titulo en el Registro Civil o dicho titulo carece de validez. Asimismo la persona debe haber gozado de la ciudadanía de manera responsable acorde con la ley española. El supuesto debe haberse tenido por español en el cumplimiento de sus deberes y en el goce de sus privilegios como nacional.

De darse esta situación y sus requerimientos el titulo inscripto en el registro civil no carecerá de validez y la nacionalidad española del sujeto será respetada.

 

Donde presentar la solicitud

Esta solicitud es provista por el Registro Civil del domicilio del interesado donde el expediente es tramitado y resulto.

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